SANTO DOMINGO.- El presidente de la República, Luis Abinader, firmó la extradición a los Estados Unidos de Juan José de la Cruz Morales alias Wandy, acusado de ser uno de los principales cabecillas del caso de narcotráfico y lavado de activos “Falcón”.
Según el documento, dicha entrega en extradición se dispone bajo la condición de que Juan José de la Cruz Morales (a) Wandy, bajo ninguna circunstancia se le juzgará por infracciones diferentes a las que motivan su extradición, ni se le aplicará una pena mayor a la máxima establecida en la República Dominicana, que es de treinta (30) años, ni la pena de muerte, en el caso de que se comprobare su culpabilidad respecto de las infracciones por las cuales se dispone su extradición y deberá ser juzgado.
En una audiencia este viernes en la Suprema Corte de Justicia, el acusado aceptó irse voluntariamente a los Estados Unidos “para demostrar su inocencia” de las acusaciones en su contra en el denominado Operación Falcón.
Además de Morales, hay que fueron solicitados en extradición por los Estados Unidos, entre ellos está el suspendido titular de la Dirección General Comunidad Digna, Juan Maldonado Castro.
Según las informaciones del Ministerio Público, Juan José de la Cruz Morales es el dueño de varias estaciones de combustibles de las que fueron allanadas el pasado miércoles, donde se decomisaron dinero en efectivo, vehículos de alta gama, armas de fuego, entre otras evidencias de la presunta red.
A este imputado también se le vincula en el decomiso de 1,786 kilos de cocaína en Puerto Rico el 2 de noviembre del 2016, según los reportes de la investigación.
Estos son los cargos que le imputan:
Cargo uno: Asociación ilícita para importar a los Estados Unidos desde un lugar en el exterior, una sustancia controlada de droga narcótica, a saber: cinco kilogramos o más de una mezcla y una sustancia que contiene una cantidad detectable de cocaína, en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, secciones 963, 952(a), 960(a)(l) y 960(b)(l)(B).
Cargo dos: Auxiliarse e incitarse entre sí y a otros, para importar a los Estados Unidos esde un lugar en el exterior, una sustancia controlada de droga narcótica, a saber: cinco kilogramos o más de una mezcla y una sustancia que contiene una cantidad detectable de cocaína, en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, secciones 952, 960(a)(l) y 960(b)(l)(B), y el Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 2.
Cargo tres: Auxiliarse e incitarse entre sí y a otros, para tratar de importar a los Estados Unidos desde un lugar en el exterior, una sustancia controlada de droga narcótica, a saber:cinco kilogramos o más de una sustancia que contiene una cantidad detectable de cocaína, en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, secciones 963, 952, 960(a)(l) y 960(b)(l)(B).
Cargo cuatro: Asociación ilícita para poseer con la intención de distribuir cinco kilogramos o más de una mezcla o una sustancia que contiene una cantidad detectable de cocaína, en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, secciones 846, 841(a)(l) y 841(b)(l)(A)(ü).
Cargo cinco: Auxiliarse e incitarse entre sí y a otros, para poseer con la intención de distribuir cinco kilogramos o más de una mezcla o sustancia que contiene una cantidad detectable de cocaína, en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, secciones 841(a)(l) y 841(b)(l)(A)(ii), y el Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 2.
Cargo seis: Auxiliarse e incitarse entre sí y a otros, para tratar de poseer con la intención de distribuir cinco kilogramos o más de una mezcla o sustancia que contiene una cantidad detectable de cocaína, en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, secciones 846,841(a)(l)y841(b)(l)(A)(ii).
Cargo siete: Asociación ilícita para cometer un delito en contra de los Estados Unidos de América, a saber: dirigir y tratar de dirigir transacciones financieras que afecten el comercio interestatal y extranjero, a saber, al recibir aproximadamente $1,000,000 de dólares americanos en efectivo por enviar un cargamento de 700 kilogramos de cocaína, y al pagar aproximadamente $600,000 dólares americanos por gastos en conexión con las operaciones de contrabando de 1,200 kilogramos de cocaína, cuyas transacciones involucran las ganancias de la actividad ilícita especificada, a sabiendas que:
A. Las transacciones fueron diseñadas por completo o en parte para ocultar o disfrazar
la naturaleza, ubicación, fuente, propiedad y el control de las ganancias de la actividad ilícita especificada, y que mientras conducía o intentaba conducir dichas transacciones financieras, sabía que la propiedad involucrada en las transacciones financieras representaba las ganancias de cierta forma de conducta ilícita o tentativa, en violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 1956(a)(l)(B)(i).
B. Las transacciones fueron diseñadas por completo o en parte para evitar el reporte requerido de la transacción bajo ley estatal o federal, y que mientras se conducía o se intentaba conducir dichas transacciones financieras, se sabía que la propiedad involucrada en las transacciones financieras representaba las ganancias de cierta
forma de conducta ilícita o tentativa, en violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 1956(a)(l)(B)(ii).
Todo en violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 1956(h) (colectivamente, lavado de dinero).