SANTO DOMINGO.- El Primer Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional dictó auto de apertura a juicio contra los imputados de dar muerte a David de los Santos Correa, fallecido a causa de los golpes que recibió en la cárcel de un destacamento del Ensanche Naco, donde fue llevado tras ser retenido y entregado a la Policía por los miembros de la seguridad de la plaza Ágora Mall.
El juez Raymundo Mejía acogió la solicitud del Ministerio Público y ordenó que los civiles Santiago Mateo Victoriano, Michael Pérez Ramos y Jean Carlos Martínez Peña, así como al capitán policial Domingo Alberto Rodríguez Rodríguez, el segundo teniente Germán García de la Cruz, el raso San Manuel González García y/o Raso Sari Manuel González García y el cabo Alfonso Decena Hernández, a quienes el órgano persecutor imputa el delito de tortura y barbarie.
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Asimismo, el magistrado Raymundo Mejía, dictó la misma sentencia contra los imputados Ambriori Montero Otaño, Álvaro David Beltrán Pérez, Yubaris Méndez Ferreras y Juan Reyes de la Cruz, seguridad privada de la plaza Ágora Mall.
Detalles del crimen
Los agentes imputados llevaron a la víctima al destacamento de Naco el pasado 27 de abril, tras arrestarlo en Ágora Mall, en donde la seguridad de la plaza comercial lo había esposado y retenido en un cuarto.
El expediente indica que los civiles Mateo Victoriano, Pérez Ramos y Martínez Peña se asociaron con los policías para matar a la víctima, ya que le propinaron múltiples golpes contusos en el cráneo y en distintas partes del cuerpo.
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Explica que la muerte fue provocada con el concurso de los imputados miembros de la Policía Nacional, por la acción de encerrarlo de manera ilegal, con las manos esposadas hacia atrás y por omisión a su deber de posición de garante, ya que, contrario a actuar conforme al derecho, los agentes faltaron a su obligación y materializaron una conducta de coautores frente a los actos de tortura o barbarie cometido contra De los Santos Correa.
El Ministerio Público establece que cuando los tres detenidos golpeaban a la víctima, en vez de intervenir para garantizar su integridad, los agentes policiales procedieron a esparcir gas pimienta en la celda, lo que evidencia que “siempre tuvieron control de la situación, conocimiento, pero sobre todo que participaron de manera activa para aportar las condiciones activas a la materialización del tipo penal imputado, por lo que se configura la coautoría de la acción”.
Los agentes policiales diligenciaron con el Sistema de Emergencias 9-1-1 el traslado de la víctima al hospital Francisco Moscoso Puello, en donde, el 29 de abril, sus familiares lo localizaron y gestionaron su traslado al Darío Contreras, en donde falleció el día 1 de mayo, fruto de los actos de tortura y barbarie inferidos por parte de los imputados.
Además de ser coautores de actos de tortura o barbarie, los policías mintieron a los familiares de la víctima, a quienes indicaron que el joven se encontraba bien en manos del Ministerio Público, aunque nunca lo presentaron a un fiscal.
Además, le ocultaron de forma burlesca e inhumana, que ya para la fecha la víctima se encontraba ingresado en condiciones críticas en el Hospital Traumatológico Dr. Francisco Moscoso Puello, debatiéndose entre la vida y la muerte, a consecuencia de los actos de tortura o barbarie cometidos por los imputados.