SANTIAGO. – La Fiscalía de Santiago informó la solicitud de medida de coerción contra un hombre que mantenía en cautiverio a su expareja sentimental a la cual sometió a actos de tortura y otros abusos psicológicos.
Las autoridades detallan que el agresor impedía a la fémina tener contacto con familiares, mientras la mantenía encerrada en su residencia en un barrio al sur de Santiago.
Explicaron que la mujer, de 25 años de edad, fue salvajemente golpeada por el imputado Víctor Manuel Santana Ureña, quien intentó estrangularla varias veces, sumiéndola al confinamiento y bajo amenazas de muerte si intentaba comunicarse con familiares, amigos o vecinos.
En un momento en que su verdugo dormía, la mujer utilizó la red social Facebook para pedir auxilio, ofreciendo detalles de su estado en cautiverio y la dirección donde se encontraba, por lo que la Policía Nacional, bajo la coordinación de la Fiscalía de Santiago, y cumpliendo los protocolos de ley, ejecutó su rescate.
Las autoridades confirmaron el hecho grave por las marcas visibles de violencia que presentaba la víctima.
En medio del operativo de rescate, en una de las habitaciones de la vivienda, los organismos actuantes se ocuparon, además, de 87 libras de un vegetal que podría ser marihuana, por lo que, en presencia del imputado, los agentes hicieron constar, en acta el levantamiento, la sustancia.
En la instancia de solicitud de medidas de coerción depositada contra Santana Ureña ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente, constan los informes médicos forenses de las evaluaciones practicadas a la víctima y que han revelado profundas secuelas de afectación de su salud física y emocional.
La Fiscalía de Santiago considera pertinente que el tribunal imponga la prisión preventiva contra el imputado, en tanto que es la medida idónea para garantizar su presencia en todos los actos del proceso, además porque garantiza la seguridad de la víctima.
Este órgano investigador le otorgó al proceso la calificación jurídica provisional descrita en los artículos 309-1, 309-2 y 309-3 literales B, E y F del Código Penal Dominicano, modificados por la Ley 24-97, en los que se sanciona la violencia de género e intrafamiliar agravada, cometidos en perjuicio de la víctima, de cuya identidad se hace reserva para proteger su derecho a la intimidad y evitar revictimizarla.
Además, en contra del procesado, pesan cargos por violación a los artículos 4, letra D; 6, letra A; 8, categoría I, acápite III, código 7360; así también el artículo 9, letra F; los subsiguientes 28, 58 y 75 párrafo II, así como el 85, letra J, de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, en la categoría de traficante.
Todo acto de violencia de género e intrafamiliar y delitos sexuales, que atenten contra la vida e integridad de mujeres o niñas debe denunciarse a través de la Línea Vida al 809-200-1202 y por nuestras plataformas digitales, destacó el órgano investigador.