SAN JUAN.- El Juzgado de la Instrucción de Las Matas de Farfán dictó tres meses de prisión preventiva contra Emigdio Sánchez Montero, director de la Junta del Distrito Municipal de Batista, quien enfrenta cargos de agresión sexual y abuso sexual y psicológico en perjuicio de una menor de edad. El hecho tuvo lugar en el municipio de El Cercado.
El tribunal decidió remitir el caso a la Corte de Apelación de San Juan de la Maguana, argumentando que Sánchez Montero gozaba de jurisdicción privilegiada. En la corte, se designó al juez Arsenio Alcántara para el conocimiento de la medida de coerción en el Juzgado de la Instrucción, quien ordenó la prisión preventiva para Sánchez Montero, a ser cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Elías Piña. Posteriormente, el caso fue devuelto al Juzgado de la Instrucción, ya que el imputado no ostenta la categoría de alcalde, estableciendo que es la jurisdicción correspondiente para su conocimiento.
Durante la audiencia, el Ministerio Público, representado por el procurador Salín Valdez Montero, presentó diversas pruebas obtenidas durante la investigación realizada por la procuradora fiscal Denia Rodríguez, encargada de los casos de violencia intrafamiliar y delitos sexuales en la jurisdicción de Las Matas de Farfán. Según las evidencias presentadas, se estableció que Emigdio Sánchez Montero agredió sexualmente en varias ocasiones a una menor de nueve años, mientras esta se encontraba sola en la casa de su padre. El procesado presuntamente tocaba a la niña en partes íntimas y la amenazaba para que guardara silencio sobre lo ocurrido. Fue gracias a la sospecha de la madre de la víctima y su posterior denuncia que se inició el proceso legal.
Cabe destacar que, antes de que la madre acudiera a la Fiscalía de Las Matas de Farfán para denunciar el abuso, el pasado 10 de mayo, Sánchez Montero persiguió a la mujer hasta el Palacio de Justicia, donde la amenazó en un intento de evitar que presentara cargos en su contra. En ese momento, fue arrestado en flagrante delito por la seguridad de la institución.
Por motivos de protección de la identidad de la víctima, se han omitido los nombres de la niña y su madre. El Ministerio Público ha calificado el caso como agresión sexual, abuso sexual y psicológico, delitos previstos y sancionados por los artículos 330 y 333 del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97 sobre Violencia de Género, y los artículos 12 y 396 del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).
Este caso ha generado una fuerte condena por parte de la sociedad dominicana, resaltando la importancia de proteger y garantizar los derechos de los menores de edad y combatir cualquier forma de violencia sexual. El proceso legal continuará su curso mientras se espera que se haga justicia