Santo Domingo.- La defensa de la imputada Elizabeth Silverio anunció que interpondrá un recurso de habeas corpus para que se le concedan la libertad.
Esto, en el entendido de que las medidas de coerción en su contra son contrarias al Código Procesal Penal. El abogado de Silverio, Cándido Simón, manifestó que la jueza Fátima Veloz incurrió en una ilegalidad al imponer prisión preventiva a solicitud de la defensa de los querellantes.
Al tiempo de recordar que esa prerrogativa solo la tiene el Ministerio Público, por tratarse de un caso de acción pública. “El artículo 228 del Código Procesal Penal establece que en los casos de acción pública, como es el caso de Elizabeth Silverio, solo el Ministerio Público puede solicitar medidas de coerción”, explicó Simón
Asimismo, el documento de solicitud de habeas corpus indica que “la Prisión de Elizabeth Silverio Silien es ilegal y arbitraria por violación al principio constitucional de separación de funciones entre acusador y juzgador, al disponer la jueza una medida de coerción más grave que la solicitada por el ministerio público, único titular de esta acción penal y por lo tanto es la única parte legitima para pedir medida de coerción en el presente proceso, por tratarse de un asunto de acción pública (Art.228 del Código Procesal Penal).
Además, precisa que la discriminación por violación al principio de Igualdad ante la ley y el derecho constitucional a igual trato en el proceso judicial. Esto, establecen los artículos 39 de la Constitución y 11 del Código Procesal Penal.