Condenan clínica al pago de RD$10 millones por cobro de anticipo a paciente
La Altagracia. ― La Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia condenó el pasado 17 de abril a la Clínica Dr. Perozo, ubicada en el sector El Naranjo, en Higüey, a pagar la suma de 10 millones de pesos, como indemnización, a favor de los señores Joaquín Contreras Hixon y Tauny Aristy.
Hixon y Aristy son los padres de Nahim Contreras Aristy, un joven de 17 años que, en el año 2022, sufrió un accidente de tránsito y falleció en dicho centro de salud, debido a que le dio un shock hipovolémico, porque que no lo ingresaron en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) a prestarle la atención que requería, hasta que no se pagó la suma de 25,300 pesos, por concepto de depósito o anticipo.
La sentencia en reparación de daños y perjuicios fue dictada por el magistrado Santiago Mata Upia en contra de la Clínica Dr. Perozo y su director, Teófilo del Rosario Perozo.
De acuerdo con los testimonios recopilados en el texto legal, “en fecha 14 de abril de 2022, en horario de la noche, mientras el joven Nahim Thomas Contreras Aristy se desplazaba en las Lagunas de Nisibon, tuvo un accidente de tránsito que le ocasionó lesiones y traumas con herida abierta que requerían atención médica inmediata, por lo que fue llevado al Hospital Nuestra Señora de La Altagracia del municipio de Higüey y posteriormente trasladado a la Clínica Dr. Perozo donde no prestaron los servicios de salud inmediata, lo que le provocó la muerte debido a que le exigieron a su padre la suma de RD$25,300.00, por concepto de depósito o anticipo».
El texto agrega que tras ocurrido el accidente, el joven Nahim estuvo esperando una hora a que llegara una ambulancia a recogerlo, vehículo que lo trasladó al hospital de Higüey. Al llegar a la Clínica Dr. Perozo tuvieron dificultades para localizar sangre y transfundirlo.
Además de los 10 millones de pesos, el juez ordenó a la clínica el pago de los costos del proceso y un interés judicial de 1.5 por ciento de interés judicial a título de indemnización moratoria.