Estados Unidos. – La Corte Suprema determinó este jueves que los delitos sobre la obstrucción de la justicia son un motivo adicional para la deportación de un inmigrante, incluso si no hay una investigación judicial en proceso sobre el caso determinado.
“Concluimos que un delito puede ‘relacionarse con la obstrucción de la justicia’ […] incluso si la ofensa no requiere que una investigación o procedimiento esté pendiente”, señala la opinión del juez Brett Kavanaugh.
En una opinión de respaldo, la jueza Ketanji Brown Jackson, expuso su soporte a una decisión del Tribunal de Apelaciones para el Cuarto Circuito sobre dos inmigrantes.
“Estoy de acuerdo con el Tribunal en que el Noveno Circuito adoptó erróneamente un requisito de procedimiento pendiente cuando evaluó qué tipos de delitos anteriores califican como ‘delito(s) relacionado(s) con la obstrucción de la justicia’”, dice la jueza Jackson.
Seis jueces votaron a favor y tres en contra, incluida la jueza Sonia Sotomayor, quien fue responsable de los argumentos en contra.
En su postura, la jueza Jackson expone también que no se requiere que haya una investigación relacionada sobre la obstrucción de justicia.
“Esto significa, por supuesto, que también estoy de acuerdo con la conclusión del Tribunal de que el Cuarto Circuito rechazó correctamente cualquier requisito de procedimiento [policiaco o judicial] pendiente”, dice.
Sin embargo, jueza Jackson indica que los delitos sobre “obstrucción” de la justica no existen en la Ley de Inmigración y Ciudadanía (INA), aunque ella lo considera una falta “grave”, la cual debería ser integrada por el Congreso a la ley migratoria.
Los jueces tomaron la decisión sobre los casos de Fernando Cordero-Garcia y Jean Francois Pugin; el primero por disuadir a un testigo de denunciar un delito y el segundo por encubrir el hecho.