Santo Domingo.- Uno de los abogados que representa a varios de los imputados en el caso Medusa cuestionó los argumentos utilizados por las juezas que rechazaron la solicitud de extinción del proceso, pese a que la defensa sostiene que ya venció el plazo establecido para la acusación.
El jurista explicó que la figura del plazo razonable constituye una garantía vinculada a la protección de los derechos humanos y, a su juicio, está concebida para proteger al imputado y a la víctima frente a una duración excesiva del proceso, no para beneficiar al Estado en su condición de órgano persecutor.
“Esa figura del plazo razonable es propia de los institutos que protegen los derechos humanos”, sostuvo el abogado durante una entrevista, al señalar que dicha garantía opera para una persona que se encuentra detenida o sometida a un proceso judicial, así como para la víctima.
El abogado afirmó que, en el caso que representa, el plazo establecido es de cuatro años, por lo que cuestionó que se pretenda mantener abierto el proceso bajo el argumento del plazo razonable.
Para explicar su posición, hizo referencia a procesos de larga duración en el país, entre ellos el denominado caso Narcisazo, señalando que el sistema de justicia debe procurar que tanto las víctimas como los imputados tengan acceso a una respuesta dentro de un tiempo razonable.
Durante la entrevista también fue cuestionado sobre el caso Narcisazo y la referencia que ha hecho la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a ese proceso. Al respecto, respondió que República Dominicana todavía no ha llevado ese caso hasta su conclusión y que permanece abierto.
Asimismo, mencionó como precedente el caso Orlando Martínez, indicando que el proceso se mantuvo vigente mediante la reintroducción periódica de la querella.
No obstante, el abogado reconoció que esos casos no son comparables con el proceso Medusa debido a la naturaleza de los hechos investigados.
Su planteamiento se produce luego de que el tribunal rechazara la solicitud de extinción del proceso, decisión que permite que el caso continúe su curso judicial, mientras las defensas de los imputados mantienen sus cuestionamientos sobre el cumplimiento de los plazos procesales.
La controversia se centra ahora en determinar si, conforme a las garantías procesales y al tiempo transcurrido, corresponde mantener vigente el proceso o si, por el contrario, procede aplicar la extinción solicitada por las defensas.
