Santo Domingo.- La Junta Central Electoral (JCE) emitió una resolución en la que dispone el procedimiento del voto de los privados de libertad en las elecciones de mayo.
La resolución número 31-2024 dispone que será en 21 recintos del nuevo modelo penitenciario y otras cárceles, que los privados de libertad podrán ejercer el derecho al sufragio.
Además, indicaron que tendrán derecho a ejercer el voto los que se encuentren en calidad de preventivos.
“Los ciudadanos y ciudadanas que hayan sido objeto de una sentencia de condena, pero que la misma no sea definitiva o irrevocable por tener abiertas las vías recursivas previstas en la ley”
Asimismo, podrán votar los reclusos condenados por sentencia definitiva a pena criminal, siempre que en la misma no se haya dispuesto la pérdida o suspensión de sus derechos políticos en los casos establecidos por la Constitución de la República y la ley.
La resolución indica que podrá ejercer el voto los internos que tengan la nueva cédula de identidad y electoral en su poder o en el de los administradores de los recintos carcelarios, y que estén en la lista suministradas por la Procuraduría General de la República.
Las cárceles donde podrán ejercer sus derechos los reos que cumplan con los requisitos ya establecidos son: los centros de corrección y Rehabilitación Nayajo y Rafey, tanto hombres como mujeres; el CCR San Pedro de Macorís; La Isleta, en Moca; CCR Monte plata, Cucuma en La Romana; El Pinito, en La Vega; Vista al Valle, San Francisco de Macorís; así como los centros de corrección de Mao, Dajabón, Salcedo, Elías Piña, Nagua; El 19 y el 15 de Azua, y Baní-Mujeres.