DISTRITO NACIONAL.- El Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional ha emitido una sentencia ordenando la retención en prisión del empresario choferil Arsenio Quevedo y el exregidor Erickson de los Santos Solís, quienes se encontraban en libertad, acusados de pertenecer a una red de sicariato dedicada presuntamente a asesinar choferes con el fin de controlar las rutas de transporte en el año 2015.
La detención fue realizada a solicitud de un abogado de la parte querellante, quien argumentó que el proceso se encontraba retrasado.
Por su parte, el abogado de Erickson de los Santos, Plutarco Jaquez, informó que el arresto se llevó a cabo de manera ilegal y arbitraria, ya que no se había emitido una orden de arresto contra los acusados.
Los jueces han ordenado al Ministerio Público presentar la solicitud de medida de coerción y han fijado una audiencia para el 16 de junio.
La defensa de los Santos Solís ha anunciado que presentará un recurso de hábeas corpus para obtener la libertad de los imputados.
Al salir del tribunal, la representante del Ministerio Público, Catalina Bueno, justificó la medida, explicando que la retención de Arsenio Quevedo y Erickson de los Santos busca garantizar el desarrollo del proceso, el cual ha sido pospuesto en 24 ocasiones debido a las tácticas dilatorias, recusaciones e incidentes procesales presentados sistemáticamente por los abogados de los acusados, lo que ha ocasionado los constantes retrasos.
En el dispositivo en el que fundamentan su decisión, leído «in voce», los magistrados invocaron el artículo 306 del Código Procesal Penal Dominicano, el cual trata sobre la libertad del imputado y las restricciones a su movilidad, haciendo hincapié en que «el imputado comparece libre, pero el tribunal puede excepcionalmente ordenar su custodia para evitar la evasión o la ocurrencia de actos de violencia».
Asimismo, el artículo señala que «si el imputado se encuentra en libertad, aunque esté sujeto a una medida de coerción diferente a la prisión preventiva, el tribunal, a pedido del Ministerio Público, puede ordenar su arresto para asegurar la realización de la audiencia o de un acto particular de la misma».
Además de pronunciarse y aceptar la solicitud de retención de los imputados en la cárcel provisional ubicada en el cuarto nivel del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, los jueces Keila Pérez, Elías Santini y Arisleida Méndez también acogieron una recusación presentada por la defensa técnica del sindicato Unión Nacional de Transportistas y Afines (Unatrafin), presidido por el sindicalista Arsenio Quevedo.