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Jueza se reserva fallo de caso Camaleón para este jueves

Santo Domingo.- La jueza de Atención Permanente del Distrito Nacional, Fátima Veloz, se reservó el fallo de conocimiento de medida de coerción para este jueves a las 3:00 de la tarde contra Jochi Gómez, Hugo Beras y demás implicados en estafa al Estado con más de mil 300 millones de pesos mediante un contrato suscrito entre el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) y Transcore Latam.
 

Participación de implicados en caso Camaleón según el Ministerio Público 

El exdirector del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Hugo Marino Leopoldo Beras Goico Ramírez, dirigió y autorizó la adjudicación fraudulenta de contratos millonarios a empresas sin las capacidades técnicas requeridas, según establece el Ministerio Público.

“Fue clave en la integración de nuevas autoridades al proyecto manipulado y facilitó la participación de empresas de carpeta que desviaron recursos del Estado. Es definido como el coautor y principal facilitador de la corrupción en el manejo de la red semafórica y el sistema de videovigilancia, con clara participación en la orquestación del fraude en la citada licitación”, añade el órgano acusador.

Frank Rafael Atilano Díaz Warden, coordinador de Despacho y Representante de Hugo Beras ante el Comité de Compras del Intrant, participó activamente en la adjudicación irregular de contratos.

Establecieron que las decisiones del comité favoreció a empresas vinculadas a la estructura corrupta. Su rol fue la manipulación de la licitación y la toma de decisiones que beneficiaron a los imputados.

Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda, director de Tecnología del Intrant, era el encargado de la red semafórica y de videovigilancia del Gran Santo Domingo. Fue pieza clave en la coordinación técnica del fraude. Facilitó el control de estos sistemas a Transcore Latam S.R.L., una empresa que no cumplía con los requisitos legales ni técnicos.
Adaptó la evaluación pericial en el proceso de licitación para favorecer a la empresa del entramado. Tuvo una participación activa en la ejecución técnica del esquema fraudulento, comprometiendo la seguridad vial y la transparencia en el uso de fondos públicos.

José Ángel Gómez Canaán, alias Jochi, beneficiario de los contratos fraudulentos y dueño de Aurix S.A.S., es el principal beneficiario económico del esquema corrupto, Gómez Canaán, a través de su empresa, controló fraudulentamente los sistemas semafóricos y de vigilancia.

También, utilizó a Transcore Latam S.R.L. y Dekolor S.R.L. para movilizar fondos obtenidos ilegalmente y realizar lavado de activos. En consecuencia, es investigado por lavado de activos, usurpación de identidades empresariales y manipulación de fondos públicos, representando una «clara» amenaza a la integridad financiera del Estado.

Es el responsable principal del sabotaje a la red semafórica ocurrida a finales de agosto 2024, en el gran Santo Domingo.

Pedro Vinicio Padovani Báez (Exencargado del Centro de Control de Tráfico del INTRANT). Padovani Báez es socio de Gómez Canaán, y fue clave en el manejo y supervisión del centro de control de tráfico. Luego de renunciar a su cargo, colaboró de manera directa con las actividades fraudulentas de Transcore Latam S.R.L.

También, posee participación directa en el fraude licitatorio y contribuyó a la implementación de los esquemas de lavado de activos, así como en el sabotaje a la red semafórica.

Carlos José Peguero Vargas, socio en la red de lavado de activos, junto con Gómez Canaán. Fue responsable de movilizar fondos a través de INPROSOL S.R.L., desviando el dinero adjudicado a Transcore Latam S.R.L.

Es el encargado de los asuntos técnicos – informáticos de la estructura de vigilancia y espionaje de José Gómez Canaán. Se le imputa Lavado de activos, desvío de fondos públicos y colaboración en la estructura financiera ilícita

Indicaron que estas personas citadas  son objeto de una investigación por la comisión de hechos delictivos, establecido y sancionados previstos en el artículo 146, numeral 1 de la Constitución de la República Dominicana (proscripción de la corrupción) y los arts. 123 y 124 (coalición de funcionarios), 147, 150 y 151 del Código Penal dominicano (uso de documento privado); 171 y 172 (desfalco), artículos 265 y 266 (asociación de malhechores), así como el artículo 405 (estafa en perjuicio del Estado dominicano) del Código Penal dominicano.

 

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