Nuevo Código Penal no penaliza memes, parodias ni caricaturas, aclara la procuradora

Telemicro Prensa
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Santo Domingo.-  El nuevo Código Penal no tipifica como delito la creación o publicación de memes, caricaturas, parodias, sátiras, videos o imágenes con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o de crítica social, aclaró la Procuraduría General de la República.

La institución explicó que estas expresiones están protegidas por la Constitución dominicana, siempre que no persigan fines ilícitos ni vulneren derechos fundamentales de otras personas.

La precisión fue realizada luego de que surgieran interpretaciones sobre el alcance de la nueva legislación en materia de libertad de expresión y la posibilidad de que contenidos humorísticos o satíricos pudieran ser sancionados.

La Procuraduría indicó que estos materiales no constituyen una conducta delictiva cuando son reconocibles como obras de creación, ficción o crítica, y no buscan engañar al público con propósitos ilegales.

Asimismo, recordó que el principio de legalidad penal establece que una persona solo puede ser sancionada por acciones u omisiones que estén descritas de manera expresa, precisa e inequívoca en la ley.

La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, sostuvo que es incorrecto realizar interpretaciones extensivas de la norma penal en perjuicio de una persona.

Sin embargo, aclaró que la manipulación de videos o audios con fines ilícitos, como perjudicar la reputación o causar daño a alguien, sí puede generar consecuencias legales, pero no debe confundirse con la creación de memes, caricaturas o parodias como manifestaciones de la libertad de expresión y creación artística.

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