Piden a entidades públicas realizar cálculos de prestaciones laborales
Santo Domingo.- El Ministerio de Administración Pública (MAP), mediante la Resolución No. 316-2024, aprobó la descentralización del cálculo de los beneficios y prestaciones laborales, las cuales podrán ser realizadas por cada una de las instituciones del Estado, incluyendo a las descentralizadas
La resolución, firmada por el ministro de Administración Pública, Sigmund Freund, señala que, a partir del 19 de octubre, las oficinas de recursos humanos de los entes y órganos son las responsables de calcular los beneficios laborales y hacer los pagos correspondientes de sus servidores públicos desvinculados del servicio por cualquier causa, incluso en los casos de fallecimiento o pensión, señala una nota de prensa enviada este domingo.
El documento indica que los titulares de las áreas administrativas y financieras y de recursos humanos, deben asegurarse de que los cálculos de beneficios laborales cumplan con los requisitos legales y reglamentarios. Para esos fines, estos deben de cumplir con los procedimientos internos, para garantizar la precisión y la transparencia en los cálculos y en los pagos de los beneficios laborales realizados.
“Compete a las instituciones de la administración del Estado establecer en sus presupuestos las apropiaciones o previsiones presupuestarias para conceder indemnizaciones en los casos previstos por la ley y para el pago de vacaciones, en caso de desvinculación del servicio, en consecuencia, son responsables de la gestión financiera de los mismos, y del control del gasto, juntamente con la Contraloría General de la República, como órgano de control interno del Estado”, reseña uno de los considerando de la resolución.
Además, indica que estos serán los responsables de realizar y subir el proceso en el Sistema de Reclamación Laboral (Reclasoft), y adjuntar la hoja de cálculos debidamente sellada y firmada por los titulares de las áreas administrativas, financieras y de recursos humanos, junto a la firma de las máximas autoridades de esa institución.
Explica el MAP en la resolución, que la documentación requerida para la emisión de los cálculos de beneficios laborales es la cédula personal de identidad y electoral, la certificación de cargo que haga constar las vacaciones no disfrutadas y la carta de desvinculación, que deberá incluir la renuncia o acta de defunción en los casos que correspondan.
El Reclasoft es un sistema de gestión desarrollado por el MAP que permite la interoperabilidad con los entes y órganos de la Administración Pública para lograr la eficiencia y efectividad en los pagos a exservidores públicos.
“La descentralización de la aprobación de los cálculos de beneficios laborales permitirá a cada ente u órgano administrar de manera más directa y ágil la gestión administrativa y financiera de los cálculos de beneficios laborales. Al delegar esta responsabilidad a los propios entes y órganos, se simplifica el proceso administrativo, se reducen los tiempos de espera y se mejora la capacidad de respuesta ante las desvinculaciones, por cualquier motivo de los funcionarios o servidores públicos”, indica la resolución.
La resolución, por igual, señala que los órganos del Estado que se encuentren en proceso de fusión o eliminación deben de validar con el MAP esos cálculos antes de proceder con la emisión de los pagos.