Santo Domingo.- El presidente Luis Abinader emitió el Decreto 675-26, mediante el cual modifica el Reglamento de Licencias de Conducir para adecuarlo a una reciente sentencia del Tribunal Constitucional y establece una vigencia uniforme de cuatro años para las licencias y autorizaciones para conducir.
La disposición, fechada el 29 de septiembre de 2026, deroga el Decreto 330-26 y establece que las licencias vencerán el día del cumpleaños de su titular, conforme a lo dispuesto en el artículo 208 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
El nuevo reglamento dispone además que la edad por sí sola no podrá utilizarse como criterio para limitar, reducir o negar la vigencia de una licencia de conducir. La aptitud para conducir deberá determinarse mediante evaluaciones físicas, teóricas y prácticas, aplicadas sin discriminación por edad.
La normativa también establece que la suspensión o cancelación de una licencia solo podrá producirse por las causas previstas en la ley, entre ellas el incumplimiento de los requisitos establecidos o la existencia de un certificado médico que acredite una imposibilidad física o mental permanente para conducir, siempre respetando el debido proceso administrativo.
Con esta modificación, el Poder Ejecutivo busca adecuar el reglamento a la sentencia TC/0904/26 del Tribunal Constitucional y evitar un vacío normativo, al tiempo que establece reglas uniformes para la vigencia de las licencias de conducir.
