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¿Qué sigue para Rosa Pilarte tras ser condenada por lavado de activos?

Santo Domingo.- Luego de que los jueces de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, condenara a 5 años de prisión por lavado de activos y financiamiento del terrorismo, a la diputada del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Rosa Amalia Pilarte, mucho se ha especulado con lo que sigue judicialmente para la legisladora, esto en relación a la inmunidad de la que goza y las disposiciones para la incautación de sus bienes.

Este martes pese a ser sentenciada, Pilarte mantiene su inocencia, afirmando que apelará la sentencia en su contra la cual se suspende hasta tanto esta sea conocida.

Según el expediente del Ministerio Público, la diputada formaba parte de una estructura criminal dedicada al lavado de activos.  El documento describió que en la investigación se verificó que el modus operandi de la red era colocar sumas cuantiosas de dinero en el sistema financiero y otras ramas de la actividad económica para lograr “diversificar el producto proveniente del narcotráfico, aprovechando y utilizando vínculos familiares y de afinidad para hacer más eficaz dicha actividad ilícita de lavado de activos”.

Asimismo se detalló que se comprobó la existencia de transacciones bancarias realizadas por Pilarte que reflejan montos millonarios, presuntamente producto de las actividades ilícitas del entramado, estableciendo como la mujer es partícipe de la red de lavado junto a su esposo y también acusado Miguel Arturo López Florencio (Miky López).

El órgano persecutor también señaló que Pilarte tenía “pleno conocimiento” de que adquirió varios productos bancarios que se utilizaron para desarrollar un circuito de lavado de activos que tenía como fin “ocultar el verdadero origen de los fondos procedes del tráfico ilícito de drogas”.

La diputada habría colocado en el sistema financiero, según el órgano, más de 4,400 millones de pesos a través de depósitos en efectivo “que no puede justificar” pues por su actividad laboral como odontóloga, la Tesorería de la Seguridad Social y la Dirección General de Impuestos Internos apuntan que la diputada solo había generado por su trabajo formal y lícito por concepto de salarios hasta el año 2021 solo RD$13,571,307.

Similarmente fue acusada de utilizar testaferros. De acuerdo con el referido documento, Pilarte utilizó a su hermana Francia Pilarte para ocultar uno de los vehículos de la estructura.

La legisladora también habría servido de testaferro para su esposo y para otros miembros de la red de lavado de activos, adquiriendo varios inmuebles y traspasándolos a otras personas a nombre de la razón social “Inversiones Inmobiliaria Cutuú, SRL”, representada por su cuñado Manuel Antonio Inoa Valdez.

Además de la condena de 5 años de reclusión, el tribunal, que integran los jueces Fran Soto, María Garabito, Nancy Salcedo, Francisco Jerez y Francisco Ortega Polanco, ordenó a Pilarte el pago de 200 salarios mínimos y el decomiso de 14 bienes e inmuebles, además del pago de las costas del proceso.

Pilarte cumplirá la sentencia en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, en la provincia Santiago. Entre los bienes e inmuebles incautados a Pilarte, a quien se le probó la violación a los artículos 3, numerales 1, 2 y 3; artículo 9, numerales 1 y 2, de la Ley 155 de 2017, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo en la República Dominicana, así como también los artículos 3, letras A y B, 18, y artículo 21, literales A y B, de la antigua Ley 72 del 2002, sobre Lavado de Activos provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves, se encuentran:

1- Una porción de terreno con una extensión superficial 3,081.41 mt2, ubicado dentro del ámbito de la parcela número 157 del distrito catastral número 29, del municipio La Vega, ubicada en la comunicad del Quemao, entrada La Represa, Manga Larga, La Vega, amparada por el certificado de título número 110, expedido por el Registrador de Títulos de La Vega.

2- Inmueble identificado como una porción de terreno, con una extensión superficial 3,081.41 mt2, ubicado dentro del ámbito de la parcela número 157 del distrito catastral número 29, del municipio La Vega, ubicada en la comunicad del Quemao, entrada La Represa, Manga Larga, La Vega, amparada por el certificado de título número 110, expedido por el Registrador de Títulos de La Vega.

3- El inmueble identificado como 313295647592, con una extensión superficial de 728.11 metros cuadrados, amparada mediante matricula número 0300032450, expedida por el registrador de títulos de La Vega.

4- El inmueble identificado como 313295645621, con una extensión superficial de 811.45 metros cuadrados, amparada mediante matricula número 4000250918, expedida por el registrador de títulos de La Vega, dicho inmueble se encuentra ubicado en La Vega.

5- El inmueble identificado como 313295642420, con una extensión superficial de 682.50 metros cuadrados, amparada mediante matricula número 03000163269, expedida por el registrador de títulos de La Vega, dicho inmueble se encuentra ubicado en el municipio de La Vega.

6- El inmueble identificado como 313295645289, con una extensión superficial de 1,492.42 metros cuadrados, amparada mediante matricula número 0300025416, expedida por el registrador de títulos de La Vega.

7- El inmueble identificado como parcela número 11, del distrito catastral número 25 del municipio La Vega, con una extensión superficial de 28,273.00 metros cuadrados, amparada mediante matricula Número 0300018330, expedida por el registrador de títulos de La Vega, dicho inmueble se encuentra ubicado en Arroyo Hondo, Rio Verde Arriba, La Vega.

8- El local comercial número 26, construido en el segundo piso, dentro de la parcela número 41-C del Distrito Catastral número 05 del municipio de La Vega, con una extensión superficial de 31.55 metros cuadrados, amparado mediante matricula Número 0300012164.

9- El inmueble identificado como unidad funcional B-1, identificado como 313295767873: B-1, matrícula Número 0300011626, del condominio Edificio Jossierie Santos 1, ubicado en La Vega, conformado por un sector propio identificado como SP-01-01-002, ubicado en el nivel 01, del bloque 01, destinado a local, con una superficie de 46.86, metros cuadrados.

10- El inmueble identificado como 312166208949, con una extensión superficial de 1,728.69 metros cuadrados, amparada mediante matricula Número 0300018479, expedida por el registrador de títulos de La Vega, inmueble, ubicado en el municipio de Jarabacoa.

11- Una porción de terreno con una extensión superficial de 15,251.20 metros cuadrados, dentro de la parcela número 157 del Distrito Catastral número 29 del municipio La Vega, amparada mediante matricula Número 0300023805.

12- Una porción de terrero con una extensión superficial de 11,314.00 metros cuadrados, dentro de la parcela número 23, del Distrito Catastral número 25 del municipio La Vega, amparada mediante matricula número 0300012984.

13- El inmueble dentro del solar 1-Refundido, Manz 33, del Distrito Catastral número 01 La Vega, local comercial número 1-04-B, con una superficie de 19.04 metros cuadrados, amparado mediante matricula número 0300012136.

14- El inmueble identificado dentro de la parcela número 108, porción G-1, del distrito catastral número 05, del municipio Jarabacoa, provincia La Vega, con una extensión superficial de 628,863.50 metros cuadrados, amparada mediante matricula Número 0300020203.

Los jueces de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia fijaron la lectura integra de la sentencia para el próximo 19 de junio a las 11:00 de la mañana.

 

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