SANTO DOMINGO.- En el expediente acusatorio se hace constar que estas situaciones, eran más comunes en los pedidos que se enviaban a la Cárcel Pública La Victoria donde los acusados enviaban los productos de menor calidad.
El cambio de marca era utilizado a los fines de incrementar sus beneficios económicos en desmedro de la alimentación y salud de los privados de libertad.
Las cantidades de las permutas o cambio de un alimento por otro, las negociaba con el centro penitenciario, por teléfono, el acusado Reynaldo De Jesús Santos de La Cruz, o en su defecto el despachador que le tocaba el centro.
Si el centro penitenciario no aceptaba el cambio, supuestamente se establecía como pendiente, pero la factura era reportada para cobro inmediatamente, y al final de cada año al concluir la vigencia del contrato, nunca se les reponía los alimentos adeudados.
El expediente agrega además que todas estas irregularidades, fueron documentadas e informadas a Jean Alain y a los miembros de su alta gerencia sin que éstos intervinieran para frenar la práctica.
En su defensa, los centros penitenciarios no firmaban ni sellaban los conduces a la hora de recibir los pedidos lo que condujo a la estructura, a falsificarlos.