Santiago.- La Ley 1-24 que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) provocó que se depositen al menos cuatro acciones de inconstitucionalidad en su contra ante el Tribunal Constitucional (TC).
Los artículos que las entidades apuntan son inconstitucionales son 8, 9, 10, 11, 12, 13, 21, 22, 26, 27 y 29 de la ley que crea la DNI.
Sobre el artículo 8, que habla sobre la creación de la DNI, que, bajo la dependencia del Presidente de la República, tiene la misión de realizar actividades para la seguridad nacional a fin de prevenir y contrarrestar cualquier riesgo a la Constitución de la República; las instituciones manifiestan que constituye un peligro a la democracia y a los derechos constitucionales el hecho de atribuirle poderes al Presidente.
El artículo 9 detalla las diversas atribuciones que tiene la DNI; estos entienden que permiten ejecutar las acciones de inteligencia y contrainteligencia que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines, violentando el derecho a la libertad y seguridad personal de los individuos.
En el artículo 10, explican que las funciones que se ejercerán serán con apego al marco constitucional y legal vigente y pleno respeto de los derechos fundamentales y no serán supervisadas por el ministerio público ni por tribunales del país.
El artículo 11, establece que las instituciones públicas y privadas deberán entregar a la DNI la información que solicite sin necesidad de una orden de un juez, lo que a su juicio vulnera el derecho a la intimidad, la privacidad y la protección de los datos personales de los ciudadanos que están consagrados en el artículo 44 de la Constitución.
Sobre el artículo 26, explica que quien oculte informaciones requeridas por la DNI, será sancionado con prisión menor de dos a tres años y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público.
Las organizaciones señalan que ese artículo viola el derecho a la libertad de expresión e información, menciona el artículo 49 de la Constitución que establece que toda persona tiene derecho a expresar libremente su pensamiento.
Hasta este martes, habían incoado acciones sobre inconstitucionalidad los señores Cirilo de Jesús Guzmán López, a través de Guzmán & Guzmán abogados, Carlos Peña, del partido Generación de Servidores (Gens). Además, Aybar Guzmán & Asociados, el Instituto de Capacitación y Formación Política, Jurídica y Social (Icap), entre otras.