Santo Domingo. – El Tribunal Constitucional declara inconstitucional el artículo 284, numeral 18, de la Ley 15-19, sobre Régimen Electoral, que penalizaba con 10 años de prisión la difamación. La corte dio ganancia de causa a la Fundación Prensa y Derecho, que interpuso el recurso, argumentando que la legislación es violatoria de la libertad de expresión y concede privilegios a los políticos en el país.
Namphi Rodríguez, presidente de la fundación, expresó dicho artículo buscaba amordazar la opinión pública, por lo que no había manera de que sostuviera en el tiempo. En dicho artículo, se imponían penas de presión por compartir propaganda que afecta a un candidato.