Santo Domingo.- El Tribunal Constitucional ha rechazado una acción directa de inconstitucionalidad presentada contra la ley 5880, la cual establece penas sobre las alabanzas y elogios al régimen de Rafael Leonidas Trujillo Molina, del 30 de mayo de 1962. En el dispositivo segundo de la sentencia, el Tribunal Constitucional declara que la ley es conforme con la Constitución de la República.
La acción directa de inconstitucionalidad fue presentada por el abogado Ángel Polanco Sánchez y sus compañeros el 12 de octubre de 2020. En el mismo fallo, el Tribunal Constitucional también declara inadmisible otra acción directa de inconstitucionalidad presentada el 15 de junio de 2023 por el abogado Ruddys Antonio Mejía Tineo contra la misma legislación que penaliza las alabanzas y elogios al régimen del dictador Trujillo, quien gobernó el país durante 30 años.
La decisión, publicada en el comunicado 71/23, contiene solo el dispositivo, sin las motivaciones, y señala que contiene votos particulares. El Tribunal Constitucional ordena la comunicación de la sentencia a los accionantes, Ángel Polanco Sánchez y sus compañeros, así como a Ruddys Antonio Mejía Tineo, al Procurador General de la República, al Senado y la Cámara de Diputados de la República, y al Poder Ejecutivo. Además, dispone que la decisión sea publicada en el boletín constitucional.